sábado, 19 de septiembre de 2009

FOLIACION

Esta actividad, imprescindible en los procesos de organización
archivística, tiene dos finalidades principales: controlar la cantidad de folios de una unidad de
conservación dada (carpeta, legajo, etc.) y controlar la calidad, entendida esta última como respeto al principio de orden original y la conservación de la integridad de la unidad documental o unidad archivística. En tanto se cumplan estas finalidades, la foliación es el respaldo técnico y legal de la gestión administrativa.

Ahora bien, en tanto permite ubicar y localizar de manera puntual un documento, la foliación es
necesaria para diligenciar diferentes instrumentos de control (inventarios, formatos de control de
prestamos, TRD) y de consulta (inventarios, guías, catálogos). De otra parte, la foliación es requisito ineludible para las transferencias tanto primarias (archivo de gestión al archivo central) como secundarias (archivo central al archivo histórico).

Este documento esta dirigido a personas que tienen un manejo directo de la documentación de
archivo. No obstante, es necesario tomarlo siempre como referencia y aplicarlo por analogía según la particularidad del archivo o de la entidad.

Definiciones
1. Folio: Hoja.
2. Foliar: Acción de numerar hojas.
3. Foliación: “Acto de enumerar los folios solo por su cara recta” // “Operación incluida en los
trabajos de ordenación que consiste en numerar correlativamente todos los folios de cada
unidad documental”1
4. Folio recto: Primera cara de un folio, cuya numeración se aplica solamente a esta.2
5. Folio vuelto: Segunda cara de un folio y a la cual no se le escribe número.3
6. Página: Cara de una hoja ... // Lo escrito o impreso en una cara ...
7. Paginar: Acción de numerar páginas.

Requisitos

1. La documentación que va a ser objeto de foliación debe estar previamente clasificada. La de
las oficinas se encontrará relacionada en la Tabla de Retención Documental (TRD). En fondos
acumulados, se foliará la documentación que por Tabla de Valoración Documental (TVD) sea
objeto de conservación en Archivo Central o Archivo Histórico, al igual que aquella que va a
ser reproducida en otros soportes.

2. La documentación que va a ser objeto de foliación debe estar previamente ordenada. La
ubicación correcta de los documentos es aquella que respeta el principio de orden original, es
decir, que esté de acuerdo con los trámites que dieron lugar a su producción.. El número uno
(1) corresponde al primer folio del documento que dio inicio al trámite en consecuencia
corresponde a la fecha más antigua.

3. La documentación que va a ser objeto de foliación debe estar depurada. La depuración
consiste en el retiro de duplicados idénticos, folios en blanco y documentos de apoyo en los
archivos de gestión o de oficina. En fondos acumulados, se hará igualmente depuración.

4. Se deben foliar todas y cada una de las unidades documentales de una serie. En el caso de
series documentales simples (acuerdos, decretos, circulares, resoluciones) la foliación se
ejecutará de manera independiente por carpeta, tomo o legajo. En el caso de series
documentales complejas (contratos, historias laborales, investigaciones disciplinarias,
procesos jurídicos), cada uno de sus expedientes tendrá una sola foliación de manera
continua y si tal expediente se encuentra repartido en más de una unidad de conservación
(carpeta), la foliación se ejecutará de forma tal que la segunda será la continuación de la
primera.

Materiales

1. La foliación debe efectuarse utilizando lápiz de mina negra y blanda, tipo HB ó B. Otra
alternativa el uso de bolígrafo (esfero) de tinta negra insoluble, pero el uso de este elemento
dificulta corregir una foliación mal ejecutada.

2. No se debe foliar con lápiz de mina roja ya que este color no es capturado, en la mayoría de
los casos, por las máquinas reprográficas.


Procedimiento
Como se puede advertir, foliar no es lo mismo que paginar, pues no solo son términos diferentes sino también conceptos distintos. Para efectos de numeración en archivos, este documento se refiere única y exclusivamente a foliación, la cual ratifica la ordenación.

1. Se debe numerar de manera consecutiva, es decir, sin omitir ni repetir números.

2. No se debe foliar utilizando números con el suplemento A, B, C, ó bis. En documentos de
archivo que contienen texto por ambas caras, se registrará el número correspondiente en la
cara recta del folio.

3. Se debe escribir el número en la esquina superior derecha de la cara recta del folio en el
mismo sentido del texto del documento.

4. Se debe escribir el número de manera legible y sin enmendaduras sobre un espacio en
blanco, y sin alterar membretes, sellos, textos o numeraciones originales.

5. No se debe escribir con trazo fuerte porque se puede causar daño irreversible al soporte
papel.

6. No se deben foliar las pastas ni las hojas-guarda en blanco.

7. Los planos, mapas, dibujos, etc., que se encuentren tendrán el número de folio consecutivo
que les corresponde, aún cuando estén plegados. En el área de notas del instrumento de
control o de consulta se debe dejar constancia de las características del documento foliado:
tamaño, colores, título, asunto, fechas y otros datos que se consideren pertinentes. Si se opta
por separar este material se dejará constancia mediante un testigo, de su lugar de destino y
en este se indicará la procedencia. Esto es lo que se denomina referencia cruzada.

8. Los anexos impresos (folletos, boletines, periódicos, revistas.) que se encuentren se
numerarán como un solo folio. En el área de notas del instrumento de control o de consulta se
debe dejar constancia de título, año y número total de páginas. Si se opta por separar este
material se hará la correspondiente referencia cruzada.

9. Cuando se encuentren varios documentos de formato pequeño adheridos a una hoja, a ésta
se le escribirá su respectivo número de folio, dejando en el área de notas del instrumento de
control o de consulta las características del documento foliado: cantidad de documentos
adheridos, título, asunto y fecha de los mismos.4

10. Las fotografías cuando están sueltas se foliarán en la cara vuelta, utilizando lápiz de mina
negra y blanda, tipo HB ó B, correspondiendo un número para cada una de ellas. En el área
de notas del instrumento de control o de consulta se debe dejar constancia de las
características del documento foliado: tamaño, color, título, asunto, fecha y otros que se
consideren pertinentes. Si una o varias fotografías se encuentran adheridas a una hoja, a ésta
se le escribirá su respectivo número de folio, dejando constancia en el área de notas del
instrumento de control o de consulta, de la cantidad de fotografías adheridas a la hoja, al igual
que otras características: tamaño, color, título, asunto, fecha y otros datos que se consideren
pertinentes. Si se opta por separar este material se hará la correspondiente referencia
cruzada.

11. Las radiografías, diapositivas, negativos o documentos en soportes similares, deben colocarse
en un sobre de protección y se hará la foliación al sobre antes de almacenar el material para
evitar marcas, dejando constancia en el área de notas del instrumento de control o de consulta
del contenido del sobre: cantidad, tamaño, color, título, asunto, fecha y otros datos que se
consideren pertinentes.

12. En caso de unidades de conservación (copiadores de correspondencia, legajos, tomos, libros
de contabilidad, etc.) que ya vienen empastados, foliados y/o paginados de fábrica, puede
aceptarse como mecanismo de control sin necesidad de refoliar a mano. De todos modos
debe registrarse en el área de notas del instrumento de control o de consulta, la cantidad de
folios o páginas que contiene.

13. Para el caso de unidades documentales que se generan foliadas por impresora, se dejará esta
foliación siempre y cuando en una unidad de conservación no haya más de una, en caso
contrario, cuando haya más de una, deberá refoliarse toda la unidad de conservación.

14. Si existen errores en la foliación, ésta se anulará con una línea oblicua, evitando tachones.

15. La foliación es una tarea previa a cualquier empaste, proceso de descripción o proceso
técnico de reprografía (microfilmación o digitalización).

16. La documentación que ya se encuentra haciendo parte del acervo documental en Archivos
Históricos, cuyos folios estén sueltos y en blanco, se retirarán. Si por el contrario, se
encuentran empastados o cosidos deberán foliarse y se dejará la anotación respectiva en el
área de notas del instrumento de control o de consulta. La foliación de este tipo de
documentos debe efectuarse utilizando lápiz de mina negra y blanda, tipo HB o B.

17. No se deben numerar los folios totalmente en blanco (cosidos o empastados) que se
encuentren en tomos o legajos en archivos de gestión o archivos centrales, pero sí dejar la
constancia en el área de notas del instrumento de control o de consulta.

18. No se deben foliar ni retirar los folios sueltos en blanco cuando éstos cumplen una función de
conservación como: aislamiento de manifestación de deterioro biológico, protección de
fotografías, dibujos, grabados u otros, o para evitar migración de tintas por contacto.

1 comentario:

  1. No se deben foliar documentos en soportes distintos al papel (casetes, discos digitales –CD´s,
    disquetes, videos, etc.) pero si dejar constancia de su existencia y de la unidad documental a la que
    pertenecen, en el área de notas del instrumento de control o de consulta. Si se opta por separar este
    material se hará la correspondiente referencia cruzada.

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